La Plata, 19 de septiembre de 2018
Expediente Nº 49/2018
Club: “CIRCULO PENITENCIARIO vs. UNIVERSITARIO”
Categoría: MAYORES
Encontrándose presentes los miembros del Tribunal de Penas
Presidente: Dr. Andrés Blas ROMAN
Secretario: Dr. Javier Enrique MENNA
Vocal Titular: Dr. Nicolás BERSTCH
Vocal Titular: Dr. Manuel FERNANDEZ
Vocal Titular: Dr. Bernardo BRAVIZ LOPEZ
Vocal Suplente: Dr. Martín MALUENDEZ
Vocal Suplente: Dr. Hernán MENESES
VISTO: El informe elevado a este Tribunal por el Juez del encuentro, Sr. José Astorgano, en relación a lo ocurrido durante el desarrollo del partido disputado el día 11 de septiembre de 2018 entre los equipos de Circulo Penitenciario y Universitario, correspondiente a la categoría Mayores; y descargo presentado por el jugador Pérez; y
CONSIDERANDO:
I.- Que la conducta descripta en el informe referido involucra el comportamiento del jugador del Club Circulo Penitenciario, Sr. L. PEREZ (licencia 723).
II.- Que el Juez del encuentro, en su informe manifiesta que promediando el tercer cuarto descalifico al jugador nro. 8 del club Circulo Penitenciario, L. PEREZ, “…por gritarme sos un cagón”.
III.- Que al imputado se le corrió el pertinente traslado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 31º inc. b) del Código de Procedimientos.
IV. Que el jugador Leonel Pérez presenta su descargo en tiempo y forma, haciendo constar que “…el enojo y el grito no fueron dirigidos hacia su persona..” (arbitro), y pide las disculpas del caso si el árbitro se sintió agraviado.
V.- Que el accionar del jugador Pérez se encuadra en la infracción tipificada en el artículo 107º inc. g) del Código de Penas de la C.A.B.B., el que prevé una pena de Suspensión de cuatro a diez partidos al jugador que ofendiere, provocare o insultare al juez o árbitro, en la cancha o en las inmediaciones, antes, durante o después de un partido.
VI. Que ha sido criterio de éste Tribunal, que los jugadores deben exhibir actitudes de pleno respeto entre sí, y hacia las autoridades del espectáculo, aún como en el presente, donde el jugador pide las disculpas que correspondan.
Por todo lo expuesto, este Tribunal;
RESUELVE:
ARTICULO 1º: Aplicar al Jugador del Club CIRCULO PENITENCIARIO, Sr. Leonel PEREZ (Licencia 723), la PENA de CUATRO (4) PARTIDOS de SUSPENSIÓN.
ARTICULO 2º: Asentar la presente suspensión como antecedente, para agravar la misma sanción en caso de reincidencia.
ARTICULO 3º: Publíquese íntegramente la presente resolución en el Boletín Oficial.-
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